¿Qué es una persona física?
Las personas físicas son aquellas personas que realizan una actividad económica como puede ser: vendedor, comerciante, empleado, profesionista, además de otras actividades.
Ahora bien, la persona física se identifica por su nombre, mientras que la persona moral se debe identificar por una denominación o razón social (nombre de tu empresa).
¿Hasta que plazo las personas físicas pueden presentar su declaración anual?
Las personas físicas pueden presentar la declaración anual entre el 1 y 30 de abril, mientras que las personas morales lo deberán hacer entre el 1 y 31 de marzo del 2022.
¿Qué aspectos debe incluir la declaración anual SAT?
El SAT indica que el formato solicitado para la declaración anual 2020 debe contener los siguientes aspectos:
– Ingresos
– Deducciones personales
– Pagos provisionales
– Retenciones.
¿Qué contribuyentes deben presentar la declaración anual 2022?
En general el SAT, indica que no todas las personas físicas/contribuyentes están obligadas a hacer la declaración anual. Por lo que solamente quedan obligadas a presentarla las personas que, tengan alguna de estas situaciones:
- Trabajadores independientes por honorarios
- Si han percibido ingresos anuales superiores a 400 mil pesos
- Si percibieron ingresos de dos patrones, aunque no llegaran a superar los 400 mil pesos
- Quienes percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
- Los que cobran rentas de algún inmueble.
Personas físicas obligadas a presentar la Declaración anual
Las personas físicas que están obligadas a presentar la Declaración Anual de Impuestos, son aquellas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
- Si han prestado servicios profesionales (honorarios)
- Si ha obtenido ingresos por rentar algún bien inmueble
- Si es una persona que realiza actividades empresariales como por ejemplo comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca y de autotransporte, exceptuando los que tributaban en el Régimen de Pequeños Contribuyentes
- Si ha enajenado algún tipo de bien
- Si ha adquirido bienes.
Si ha percibido salarios en los casos que se mencionan a continuación:
- Cuando además del salario, hayan obtenido otros ingresos acumulables distintos a los salarios.
- Cuando hayan dejado de prestar sus servicios antes del 31 de Diciembre, o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores de forma simultánea.
- Cuando hayan obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones, por ejemplo organismos internacionales o los estados extranjeros o las embajadas.
- Cuando hayan obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos similares a salarios que sobrepasen de 400,000 pesos. Este año como novedad aunque tus ingresos hayan sido mayores a 400,000 pesos, estarás exento de declarar siempre que los ingresos hayas obtenido ingresos exclusivamente por salario, de un solo patrón y siempre que te haya emitido factura de nómina por la totalidad de los ingresos.
- Cuando hayan avisado por escrito al patrón de que presentarán Declaración Anual por cuenta propia.
Si han percibido intereses en los siguientes casos:
- Las personas que sólo han obtenido ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos al año.
- Las personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sobrepase de 400,000 pesos, sin importar el monto por cada uno de dichos conceptos.
- Aquellas personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sea máximo 400,000 pesos, pero el monto de los intereses sea superior a 100,000 pesos.
Si han percibido otro tipo de ingresos, como por ejemplo:
- Las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona diferente.
- Por inversiones en el extranjero.
- Por intereses moratorios.
- Por penas convencionales.
Otras obligaciones
Además de lo mencionado anteriormente también deben informarse, en su caso, aquellos ingresos que se hayan percibido en el año por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, a pesar de ya haber pagado los impuestos correspondientes.
- Aquellos ingresos por: préstamos, premios y donativos, que individual o conjuntamente excedan de 600,000 pesos.
- Aquellos ingresos que están exentos del pago del impuesto sobre la renta por herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de todos los ingresos totales, contenidos en la declaración, excede de 500,000 pesos.
En el caso de no percibir ingresos durante el año, pero estas inscrito en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) por alguno de los conceptos mencionados anteriormente, debes presentar la Declaración Anual e informar esa circunstancia, es decir, presentar tu declaración en ceros.
Sistema SAT
Es de señalar que el SAT (Sistema de Administración Tributaria) permite a través de su plataforma on line, acceder a simuladores y visor de nómina que te permite hacer el proceso mucho más rápido, fácil y seguro. Tan solo necesitas tener el RFC (Registro Fiscal de Contribuyente) y una clave, los cuales pueden ser obtenidos sin necesidad de ir a las oficinas del SAT, ya que en el portal web están las herramientas para obtenerlas.
Para la presentación de la declaración anual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha desarrollado en los últimos años una aplicación tecnológica con las siguientes características:
- Entrega una declaración precargada con la información de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y deducciones autorizadas y, en su caso, una propuesta de devolución automática preautorizada para que el contribuyente la revise y envíe.
- En caso de obtener impuesto a pagar, se generan de manera automática las líneas de captura para el pago en parcialidades.
- Lo único que se debe hacer es cargar correctamente la información en el sitio web y debido a los avances y experiencias en el SAT el proceso se hará más fácil y cómodo para los contribuyentes.
Personas físicas: ¿Cómo hago la declaración anual 2022 SAT?
Toda persona física, tienen por obligación presentar la declaración anual por medio de una cita o por Internet.
Presentar la declaración anual SAT 2022 por Internet
Si la presentación es por Internet, solamente deben:
- Acceder a la web del SAT
- Al ingresar el sistema les solicitará que capturen su RFC y contraseña
- Luego les aparecerá la opción “presentar declaración”, deben darle clic
- Deberán seguir completando los datos
- Deben elegir el tipo de declaración a presentar, sea la anual o complementaria.
El SAT, dispone de dos opciones para capturar la declaración anual:
- La declaración con propuesta o
- La declaración con captura manual.
¿Qué es hacer la declaración con propuesta?
Es una de las opciones mencionadas, se refiere a cuando el sistema les da toda la información registrada, como facturas cargadas a nombre del contribuyentes y que podrán declararlas.
Importante: Conviene revisar los datos antes de enviar la información, en caso de no estar de acuerdo con los datos, pueden darle clic a la opción “no acepto propuesta”, lo que les permite agregar o eliminar deducciones personales.
¿Qué es hacer la declaración con captura manual?
Se trata de una de las opciones que pueden elegir llenar con la declaración de forma manual, en la que pueden incluir las retenciones y facturas electrónicas que pueden deducir.
¿Cómo envío la declaración anual?
Luego de haber rellenado los datos solicitados pueden enviar la declaración anual. Lo recomendable es revisar toda la información de la declaración y luego enviarla.
- Luego de revisar y no haber errores ni tener que corregir nada. ya podrán darle clic en enviar
- El sistema los notificará con un mensaje de confirmación
- Como último paso deberán firmar con la e.firma
- Deberán recibir un acuse de recibo de declaración anual.
Fuente: Rankia